domingo, 27 de septiembre de 2009

III. LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

La seguridad alimentaría se define actualmente como el acceso por todas las personas en todo momento a los alimentos necesarios para una vida sana y activa. Alcanzar la seguridad alimentaría significa garantizar que se disponga de suficientes alimentos, que los suministros sean relativamente estables y que quienes los necesiten puedan obtenerlos. El concepto de seguridad alimentaría nacional significa, por lo tanto, que toda persona tenga el derecho efectivo a una alimentación adecuada o a los recursos necesarios para obtener alimentos y que, en principio, haya suficientes alimentos para todos. Lograr la seguridad alimentaría a nivel de los hogares significa garantizar que en todo el territorio se disponga de suficientes alimentos, que los suministros sean relativamente estables y que todas las personas de ese territorio que necesiten alimentos puedan obtenerlos para llevar una vida sana y productiva. Por inseguridad alimentaría se entiende lo contrario: una situación en que algunas personas, a veces o en todo momento, no tienen acceso a suficientes alimentos y, por lo tanto, no pueden llevar una vida sana y activa.

Así pues, la seguridad alimentaría puede considerarse el corolario del derecho a la alimentación: el Estado debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad alimentaría a todas las personas que se encuentren bajo su jurisdicción. En sus esfuerzos nacionales para identificar a los grupos que padecen inseguridad alimentaría, los Estados deberían examinar -periódicamente o cuando circunstancias especiales provoquen cambios importantes, inclusive graves depresiones económicas-quiénes pueden ser los afectados y las diferentes formas en que pueden resultar afectados los distintos grupos según su vulnerabilidad crónica o transitoria.

Una vez identificados los grupos que carecen de seguridad alimentaría, la estrategia nacional debe recrear esa seguridad para esos grupos y para toda la población, formular las políticas necesarias con ese objeto e identificar los recursos disponibles, incluidos los recursos humanos, que, mediante la autoayuda, pueden contribuir a alcanzar los objetivos establecidos. Cuando surgen situaciones nuevas y graves de limitación de recursos, causadas por un proceso de ajuste económico, una recesión económica, o las condiciones climáticas u otros factores, deben adoptarse medidas para garantizar, por lo menos, que las personas y los grupos de población vulnerables no padezcan hambre. Esto debe lograrse mediante programas sociales, redes de seguridad y asistencia internacional.

El derecho a la alimentación sólo puede garantizarse plenamente si se vincula a la realización de todos los demás derechos humanos. En la elaboración y aplicación de la estrategia nacional relativa al derecho a la alimentación es indispensable la participación informada de la población. Se necesita una descentralización apropiada, para asegurar que se tengan en cuenta las condiciones particulares de las diferentes regiones del país, pero el gobierno central sigue siendo en todo momento el responsable final de garantizar el disfrute de este y otros derechos humanos.

Hay que tener cuidado de garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y de otro tipo necesarios para el acceso a los alimentos, incluida la ordenación de los recursos de tierras, de agua y de pesca. Además, hay que prestar atención a todos los aspectos de la cadena alimentaría, desde la producción hasta el consumo. Hay que ocuparse de la elaboración de los alimentos, para asegurar su inocuidad, de su distribución física con el fin de que estén al alcance de todos, y de mejorar los mercados, entre otras cosas para evitar las influencias engañosas y potencialmente dañinas. En lo que respecta a los consumidores, debe darse información adecuada sobre la composición de una alimentación sana. Las condiciones de saneamiento y la disponibilidad de agua limpia son esenciales para lograr que los alimentos consumidos sean inocuos.

La estrategia debería prestar especial atención a la necesidad de evitar la discriminación en el acceso a los alimentos o a los recursos para la obtención de alimentos. Ha de tenerse presente la necesidad de preocuparse en particular por los grupos vulnerables y por la paridad entre los sexos. Las poblaciones indígenas y algunas minorías sufren con frecuencia una malnutrición más grave que el promedio de la población, y es sabido que en muchas sociedades la mujer afronta dificultades mayores que el hombre. Por lo tanto, la estrategia debería comprender, entre otras cosas: garantías de un acceso pleno y equitativo, en particular para la mujer, a los recursos económicos, incluido el derecho a la herencia y a la propiedad de tierras y otros bienes, al crédito, a los recursos naturales y a la tecnología apropiada; medidas que respeten y protejan el empleo por cuenta propia y el trabajo remunerado que asegura unas condiciones de existencia dignas para los asalariados y sus familias (según se estipula en el apartado ii) del párrafo a) del artículo 7 del Pacto); el mantenimiento de registros de los derechos sobre la tierra (incluido los bosques) y los recursos pesqueros importantes para la producción de alimentos u otros medios de subsistencia en las zonas rurales; legislación especial que proteja los derechos sobre la tierra de las poblaciones indígenas e impida los desalojos forzosos de esas poblaciones de sus tierras; medidas que protejan o garanticen los derechos a la tierra y a otras fuentes de subsistencia de los grupos vulnerables de pequeños propietarios, campesinos sin tierra y pobres de las zonas urbanas, sin discriminación por motivos de raza o etnia.

En conclusión, la seguridad alimentaría, esta directamente relacionada con la capacidad de los individuos, pueblos y las naciones para asegurar los alimentos, es decir es la garantía de satisfacer el hambre.

No hay comentarios:

Publicar un comentario